Internación

En Corporación Médica San Martín, trabajamos diariamente comprometidos con la seguridad y el cumplimiento de los estándares de calidad que nos hacen merecedores de los reconocimientos con que contamos. En este marco, ponemos especial atención a las internaciones, para las que contamos con 130 camas de internación individual y compartidas entre las que se encuentran:

  • Camas de unidad coronaria
  • Camas de terapia intensiva adultos
  • Camas de terapia intermedia
  • Camas de terapia intensiva pediátrica
  • Cama de recuperación cardiovascular
  • Camas de transplante
  • Camas de terapia intensiva neonatológica
  • Sala de hemodinamia
  • Quirófano ambulatorio
  • Quirófanos de alta complejidad

Requisitos administrativos para internación programada:

  1. Concurrir con DNI, Credencial de cobertura médica (para menores de 18 años, los padres deben concurrir con esta documentación), Orden de cirugía y Materiales (de ser necesario) al sector de admisión y egreso.

  2. Aprobada la intervención por el prestador, el personal del Sanatorio contacta al paciente para realizar la reserva de cama.

  3. Se informa en dicha reserva el horario de la cirugía.

  4. Los estudios prequirúgicos permanecerán en la Institución hasta el momento de la cirugía para ser evaluados por los auditores de la Institución.

Internación de menores:

  • A todo menor que ingrese para su internación, se le realizará una ficha con su nombre y apellido, dirección, documento o en su defecto partida de nacimiento.
  • Se dejará constancia clara del nombre de los progenitores, tutores o encargados del menor, constatando con el documento nombre, apellido, dirección, teléfono y número del mismo. Se dejara fotocopia de sus documentos personales y de los que avalen su relación con el menor (se solicitara fotocopia del pasaporte en el caso de ser extranjeros).
  • Se colocará la impresión digito pulgar derecha e izquierda del niño, a su ingreso, firmando debajo como testigos los jefes del área o enfermeros o médicos de guardia o jefe de internaciones o las empleadas a su cargo.
  • A la salida del menor del sanatorio; se colocaran nuevamente las impresiones digito pulgares, firmando nuevamente ambos testigos.
  • Podrá ser retirado por uno solo de los firmantes o conjuntamente por ambos padres.
  • Si hubiera una persona designada de común acuerdo por ambos, se informará: Nombre y Apellido, dirección, teléfono y ambos padres deberán firmar la autorización para retirar al menor.
  • Consentimiento informado firmado por ambos padres.

Reglamento de internación

Con el objetivo de priorizar la calidad de atención del paciente y poder brindarle el más eficiente tratamiento terapéutico, junto con un satisfactorio nivel de confort y bienestar, el Sanatorio establece las siguientes normas:

  1. Horario de visita diario de 16.00 a 20.00 hs., en Internación general y de 11.30 a 12:30 hs. y de 17.30 a 18.30 hs. en Unidades de Cuidados Intensivos. Serán autorizadas a permanecer sólo 2 (dos) personas por paciente dentro de la habitación, salvo indicación contraria del médico tratante. La visita de niños está limitada a un lapso breve y sólo cuando visiten familiares directos. Durante este lapso los niños deberán permanecer dentro de la habitación bajo la supervisión de un adulto.

  2. El horario de visita de la Unidad de Terapia Intensiva Pediátrica es de 11:30 a 13 hs y de 17 a 19hs.

  3. Fuera del horario de visita sólo podrán permanecer o ingresar al Sanatorio (sector de internados) las personas que posean la credencial correspondiente y sólo una por paciente.

  4. La credencial de acompañante se entregará en la oficina de Admisión en el momento de la internación, debiendo ser reintegrada al momento del alta.

  5. Las visitas deberán retirarse de la habitación cuando el médico, enfermero, kinesiólogo ó cualquier facultativo realice una evaluación, consulta ó tratamiento del paciente.

  6. Sugerimos que tanto paciente como acompañantes utilicen los elementos de uso personal, imprescindibles. Asimismo se informa que el Sanatorio no se hará cargo de las pérdidas de efectos personales.

  7. El personal de Seguridad del Sanatorio podrá revisar y/o retener al ingreso/egreso de los visitantes, objetos, paquetes, alimentos, TV, etc.

  8. Las puertas de las habitaciones deberán permanecer, preferentemente cerradas las 24 hs. a fin de procurar la privacidad e intimidad para los pacientes, como así también mantener adecuados niveles de salubridad, refrigeración y/ó calefacción.

  9. Por razones de seguridad, las puertas del Sanatorio permanecerán cerradas de 20.00 hs. a 7.00 hs. En dicho horario sólo permanecerá abierta la puerta de Guardia.

  10. No está permitido consumir bebidas ó alimentos dentro de la habitación, excepto los destinados a pacientes y acompañantes autorizados, que serán servidos por las camareras del Sanatorio.

  11. No está permitido fumar en toda el área del Sanatorio.

  12. No está permitido fumar en toda el área del Sanatorio.

  13. La confitería del Sanatorio funciona en planta baja, de lunes a viernes de 7:30 a 20:00 hs y los sábados de 7:30 a 14:30 hs.

  14. Se halla a disposición de los pacientes, que no tengan indicación médica de dieta especial, un menú variado, elaborado por un chef, y supervisado por nutricionistas.

  15. Parto: la única persona que puede presenciarlo es el esposo de la paciente, y siempre con la autorización del obstetra interviniente. En el caso de pacientes menores de edad, el parto podrá ser presenciado por su madre.

  16. Los elementos de enfermería, higiene, vajilla, etc., que se hallan en la habitación son propiedad del Sanatorio.

  17. Se informa a los pacientes y familiares que el horario de alta sanatorial debe ser respetado, siendo el mismo: las 10.00 hs. El incumplimiento de esta norma conlleva inconvenientes administrativos y de disponibilidad de camas que habilitarán a la institución a facturar al paciente el excedente horario posterior al alta, cuando los motivos fueran ajenos al Sanatorio.

  18. La custodia de los objetos de valor es exclusiva responsabilidad del paciente y/ó de sus familiares. Corporación Médica no se responsabiliza por las pérdidas que pudieran ocurrir.

  19. De acuerdo a la Ley 26529, sólo se entregará fotocopia de la historia clínica o estudios a solicitud en forma escrita. Además, en cumplimiento de normas vigentes, a fines de posibilitar la facturación, se autoriza a suministrar copia de la historia clínica a la Institución Prepaga u Obra Social que abone los gastos y honorarios de la atención médica ambulatoria y/o de internación del paciente.

  20. Internos: Admisión 5520 ó 5521 // Conmutador “0” // Cafetería “5154”.

Consentimiento Informado:

El Sanatorio promueve la utilización del consentimiento informado, que supone el ejercicio del derecho a estar informado y la aceptación voluntaria de las prácticas médicas involucradas en su tratamiento.

¿Qué es el consentimiento informado?
El consentimiento informado es un instrumento que sirve para proteger el derecho del paciente a participar en la adopción de decisiones sobre su salud. Se trata del consentimiento obtenido libremente, otorgado mediante una decisión voluntaria, y después de haberle proporcionado a la persona información adecuada, accesible y comprensible, en una forma y en un lenguaje que pueda comprender. a 14:30 hs.